Hasta ahora, mucha teoría, pero como se entienden las cosas es con un ejemplo. Vamos a poner un supuesto:
A = VALOR MERCANCÍA EN CIF más gastos a la llegada: 15480.78€
B = DERECHOS. ARANCELES 7%: Esto significa que deberemos pagar de aranceles 1083.65€.
C = ANTIDUMPING, 19.9% = Abonará 15480.78 x 19.9% = 3080.68€
D = Derechos compensatorios,10.3% = Abonará 15480.78 x 10.3% = 1594.52€
E = Para el cálculo del IVA, tenemos que sumar A+B+C+D. Es decir, que debemos calcular el IVA de 21239.63€
F = IVA DE LA MERCANCÍA, 21%: Si suponemos que debemos aplicar el 21% de IVA, tenemos que realizar el 21% de E (21239.63€), o lo que es lo mismo: 4.460.32€
G = Honorarios del despachante de aduanas:Supongamos que el despacho de importación tiene un valor de 100€. Este servicio también están sujeto al 21% de IVA. En la factura deberá aparecer 121€ IVA Incluido, en concepto de honorarios de la agencia de aduanas.
TOTAL = B + C + D + F : 10219.17€ a pagar a aduanas mediante la carta de pago que le facilitaremos.
Tus gastos totales serán el TOTAL más los Honorarios (G), más el precio del transporte hasta el destino final.
Recuerda que el transporte final hasta tu destino, también está sujeto a IVA.
Por último, a partir del 1 de enero de 2023, se aplica un nuevo impuesto sobre el plástico. Lee el siguiente enlace.
Dominar el cálculo del IVA, aranceles, antidumping y derechos compensatorios es crucial para cualquier empresa involucrada en el comercio internacional. Mantente actualizado con las regulaciones locales y busca asesoramiento profesional para garantizar el cumplimiento y la eficiencia en tus operaciones comerciales.
Recuerda que estas pautas son generales y es esencial adaptarlas a la legislación específica de tu país y sector. ¡Esperamos que esta guía te sea útil en tu trayectoria comercial internacional!