AGENCIA DE ADUANAS PARA IMPORTACION DE PLÁSTICOS. NUEVO GRAVÁMEN. Que tramites necesito para importar envases de plastico en España

NUEVO IMPUESTO DEL PLÁSTICO: Requisitos necesarios para importar envases de plástico no reutilizable en España.  Actualización 2024


El pasado día 8 de abril se aprobó la Ley 7/2022, de 8 de abril,  que tiene como objetivo la de reducir al mínimo los efectos negativos de la generación y gestión de los residuos en la salud humana y el medio ambiente.

Esta ley fue aprobada dada la preocupación actual por el cambio climático. Promoviendo evitar el depósito de residuos biodegradables en vertederos, se puede reducir de forma significativa la emisión de gases que provocan efecto invernadero.

 Del mismo modo, se pretende fomentar la economía circular y aprovechar los recursos disponibles de forma eficiente.



envases plastico importacion

¿Qué es la economía circular?

La economía circular es un modelo de producción y consumo que promueve la optimización de los recursos para así reducir el consumo de materias primas y aprovechar de manera más eficiente los residuos que generamos. Con esto conseguimos alargar la vida de los productos. 

El objetivo es fomentar el empleo, reactivar la economía local y proteger el medio ambiente.

Reciclar
 

¿A quién le afecta el nuevo impuesto del plástico y cuándo se aplica?

Si tu operación está dentro de las siguientes opciones, tu actividad es objetivo de este impuesto del plástico:


FABRICACIÓN: Cuando realices la entrega o entre a disposición del comprador.

IMPORTACIÓN:Cuando se realiza el resto de las liquidaciones.

ADQUISICIÓN INTRACOMUNITARIA: Se aplicará con fecha de expedición de la factura o a partir del día 15 del mes siguiente a la entrega del producto.


Si tus envases o plásticos están destinados a:

USO MÉDICO O SANITARIO

ENVASES PARA PACAS, BALAS PARA ENSILADO DE FORRAJE O USO AGRÍCOLA/GANADERO

Si tu mercancía va con destino Canarias, Ceuta y Melilla de productos objeto del impuesto pero procedentes de Península y Baleares (o viceversa) no se considerarán en ningún caso importación de adquisición intracomunitaria

No estará sujeta a este nuevo impuesto.

Además, en el artículo 68.1.a (75 f) aparece una exención para las importaciones de plástico de hasta 5 Kg al mes de envases no reutilizables. Si alcanzas esta en el mes natural este valor, deberá liquidarse el impuesto sobre la totalidad de los Kilos importados, incluyendo los 5 primeros.

 

¿Cuáles son los productos que van a quedar sujetos a esta nueva ley?


Los productos que van a estar sujetos a este nuevo gravamen os lo resumimos aquí:

1) Vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones.

2) Recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos.

3) Bastoncillos de algodón, excepto si entran en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.

4) Cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos).

5) Platos.

6) Pajitas, excepto si entran en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre.

7) Agitadores de bebidas.

8) Palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos, con excepción de los globos para usos y aplicaciones industriales y profesionales que no se distribuyen a los consumidores, incluidos los mecanismos de esos palitos.

9) Recipientes para alimentos mencionados hechos de poliestireno expandido.

10) Los recipientes para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones.

11) Los vasos para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones de residuos y suelos contaminados para una economía circular (LRSC), a partir de 1 de enero de 2023 se aplicará un nuevo impuesto que afectará a la importación de envases de plástico no reutilizable.

12) Compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones.

13) Toallitas húmedas, es decir, toallitas prehumedecidas para higiene personal y para usos domésticos. 

14) Productos del tabaco con filtros y filtros comercializados para utilizarse en combinación con productos del tabaco.


 

Cuándo debe declararse el impuesto al plástico.

Si no importas embalaje y/o envase pero tu mercancía como la fruta ya viene envasada, también está sujeta a este impuesto pues puede contener plásticos no reciclados.

Si habitualmente tu despacho de aduana en la casilla 37, donde aparece el régimen tiene alguno de estos códigos:

REGIMEN SOLICITADO:

40 Despacho a consumo con despacho a libre práctica simultáneo de mercancías que no son objeto de entrega exenta del IVA.

42 Despacho a consumo con despacho simultáneo a libre práctica de mercancías que se aojan a la exención del artículo 27.12 de la Ley del IVA.

61 Reimportación con despacho a libre práctica y a consumo simultáneamente. Incluye los supuestos de retorno.

63 Reimportación con despacho a consumo y a libre práctica simultáneo de mercancías, que se acojan a la exención del artículo 27.12 de la ley del IVA

49 Despacho a consumo en parte del territorio aduanero de la Comunidad donde sea de aplicación la Directiva 2006/112/CE de mercancía comunitaria procedente de otra parte del territorio donde no sea de aplicación la citada Directiva.

07 Despacho a libre práctica e inclusión simultánea en un régimen de depósito distinto del aduanero o en un depósito REF (Canarias).

44  Actualmente es una combinación de regímenes 07, 40 y 42 (casilla 37) + reducciones de destino final (casilla 36).

 

¿Qué tipo de imposición va a tener mi envase?

Esta ley promueve el consumo de productos de origen reciclado, por lo que no se gravará el plástico recicladoque contenga el producto final.

Como resultado, la ley nos cita explícitamente que la base imponible estará constituida por la cantidad de plástico no reciclado, expresada en kilogramos, contenida en los productos objeto del impuesto. El tipo impositivo es de 0,45 euros por kilogramo.

 

Qué requisitos debo cumplir para importar

Antes de empezar a importar necesitas saber los requisitos mínimos que debes cumplir para poder importar en España.

EORI VÁLIDO

Debes estar dado de alta como importador en la Unión Europea.

Esto es necesario para poder despachar tu mercancía procedente de un país tercero en cualquier aeropuerto o puerto de la Unión Europea.

Es un procedimiento sencillo de realizar. Aquíte dejamos más información sobre el EORI.

Aunque crea que lo tiene es importante que verifique si tiene un EORI VÁLIDOy que está registrado como importador en el ministerio de agricultura.


ALTA EN EL REGISTRO SANITARIO. RGSEAA.

Necesitamos que nos aportes el alta en el registro sanitario. Incluso si no tienes instalaciones debes de estar dado de alta en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.

Al final, cualquier envase o utensilio que vaya a estar destinado a estar en contacto con los alimentos o uso humano debe seguir el mismo protocolo. Os dejamos más información aquí.

También debe tener el registro sanitario del almacén para hacer el TRACES.

 

Qué documentación debo aportar para tramitar el despacho de importación de mis envases en España

Cuando vayamos a tramitar el despacho de aduanas seguramente se pregunte, ¿Pero, qué documentos necesito aportar para importar envases en España procedente de Marruecos?:

FACTURA y PACKING LIST

Nos debe adjuntar para crear su expediente una factura comercial definitiva. En ella debe reflejarse:

  • Número de Factura o referencia.
  • Fecha de expedición.
  • Datos fiscales del exportador e importador. Nombre, dirección, teléfono, mail...
  • Mercancía (HS), bultos, kilos totales, precio, valor total, base impositiva...
  • Incoterm usado.


CERTIFICADO DE ORIGEN. Eur1

Este documento es importante porque va a evitar que tengamos que pagar los aranceles de nuestra importación. Si no sabes qué es el certificado EUR1puedes leer aquí más sobre este documento que debes aportar.


CERTIFICADO DE CONFORMIDAD

Es una declaración de conformidad con homologación tipo CE. El propósito de este documento es asegurar la libre circulación de bienes en el interior de la Unión Europea, específicamente de aquellos bienes que están sujetos a homologación.


CMR

Si la mercancía viene en rodado, deberá presentar el documento CMR.


CONOCIMENTO DE EMBARQUE O BILL OF LANDING

En función del medio de transporte usado, deberás presentar el conocimiento de embarque marítimo o aéreo, la gran mayoría de las veces deberá presentar el conocimiento de embarque marítimo.


AUTORIZACIÓN DE DESPACHO

Por último pero no menos importante, nos deberá autorizar para poder realizar el despacho de aduanas.


DECLARACION ENVASES DE PLÁSTICO

Hasta ahora, con tan solo una declaración de envases de plástico era suficiente pero a partir del 1 de enero de 2024no se admitirá esta declaración responsable. La aduana competente solo aceptará una certificación UNE-EN 15343:2008 emitida por una entidad acreditada.

Si quieres saber más sobre esto, puedes leerlo aquí con todo el detalle.

 

Y luego qué...

Vale, ya tengo toda la documentación y cumplo los requisitos para poder importar. Pues, ya queda ponerse en nuestras manos.

Se preguntará... y

- ¿Cuánto me va a costar a mi todo esto? Pues aquí puedes ver un enlace sobre el procedimiento de una importación o exportación y ver aproximadamente lo que le puede suponer.

- Pero, yo estoy importando los envases para llevar a otro país de la Unión Europea y no sé qué régimen debo escoger. Aquí le dejamos información sobre los tránsitos.

- Yo es que aún no tengo claro qué voy a importar, ni siquiera tengo proveedor. Aquí te damos unos consejos básicos que te pueden ayudar.

- Y cómo organizo yo los pagos con el proveedor de mercancía. En el comercio internacional podemos encontrar diferentes medios de pago.

- ¿Y por qué tengo que contratar un agente de aduanas para realizar mi importación?

- Me han hablado de los derechos aduaneros, ¿Qué son?

- Mi mercancía viene en camión rodado, pero no sé muy bien cómo.

 La AEAT ha dispuesto una dirección de correo electrónico oficial para enviar todas las dudas que se le planteen sobre este nuevo impuesto: impuestoplastico.adu@correo.aeat.es


Si aún tienes dudas sobre cómo realizar tu operación no dudes en contactar con nosotros, somos tu agente de confianza, especializados en este tipo de mercancías,


 

Llámanos y te ayudaremos

+34 601 616 578


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