ADUANA DE EXPORTACION E IMPORTACION EN ALGECIRAS. AGENTE DE ADUANAS. DESPACHO DE ADUANAS.

ADUANA DE EXPORTACION E IMPORTACION EN ALGECIRAS. AGENTE DE ADUANAS. DESPACHO DE ADUANAS.


El puerto de Algeciras está en uno de los lugares estrátegicos más adecuados para que entre y salga mercancía a la Unión Europea.

Es muy importante contratar a una agencia de aduanas que te ofrezca el servicio que necesitas con la calidad que te mereces.


 

logistica en el puerto de Algeciras

ADUANA

CONCEPTO Y FUNCION DE LAS ADUANAS.

Una aduana es un servicio público de constitución fiscal situada en puntos estratégicos, por lo general en costas y fronteras. Encargada del control de operaciones de comercio exterior, con el objetivo de registrar el tráfico internacional de mercancías que se importan y exportan desde un país concreto, y cobrar los impuestos que establezcan las aduanas, se podría afirmar que las aduanas fueron creadas para recaudar dicha tributación, y por otro lado regular mercancías cuya naturaleza pudiera afectar la producción, la salud o la paz de la nación.Asimismo, en determinados países la aduana no solo se limita al control de las mercancías, sino que en ella también se regula el tráfico de personas o bien al control de capitales.


MISIONES DE LA ADUANA.

Podemos englobar las misiones que desarrollan los organismos de control aduaneros en las siguientes:

- Fiscal: Mediante la aplicación de determinados derechos de importación/exportación (aranceles) a la introducción o salida de las mercancías.

- Seguridad: Íntimamente ligada con la anterior evita el fraude aduanero y lucha contra el contrabando (ya sea de drogas, armas, patrimonio histórico, etc.)

- Salud pública: Controla la entrada de animales, alimentos, residuos tóxicos, etc. que podrían suponer un peligro para la salud pública de los civiles.

- Estadística: Elaboran estadísticas de comercio exterior.


FUNCIONAMIENTO.

Toda importación o exportación de mercancías está sometida a un despacho aduanero en el que puede ser exigido el pago de un derecho aduanero. El derecho de aduana recibe el nombre de arancel aduanero. A nivel mundial la inmensa mayoría de los países utilizan el Sistema Armonizado para la Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas para clasificar las mercancías y determinar los derechos aplicables a cada una de ellas. Estos derechos son de uso exclusivo de los gobiernos, y suponen una provechosa fuente de ingresos para la hacienda pública.

Los derechos de aduana se ejercen sobre los productos extranjeros que entran al país, sobre los que salen del país, o sobre los que proceden del exterior y pasan interinamente los puertos nacionales a modo de reexportación. Con la finalidad de proteger la producción nacional mediante el encarecimiento a través de estos impuestos de las mercancías extranjeras. Con ello se favorece al producto nacional ponga freno al extranjero, dado que parte en condiciones más ventajosas a la hora de ofrecer un precio más competitivo en el mercado interno. Esta protección, llevada al extremo, es conocida como proteccionismo.

Actualmente en la aduana no sólo se devenga y exige el pago de los aranceles, sino también las restricciones y regulaciones no arancelarias, las cuales se aplican en casos de práctica desleal de Comercio Exterior (discriminación de precios, subvenciones, entre otros), así como también el impuestos indirectos sobre el consumo (valor añadido) o sobre consumos específicos (accisas).

 

AGENTE DE ADUANAS

El agente de aduanaes la persona natural o jurídica, debidamente autorizada por las respectivas autoridades aduaneras, que actúa ante los organismos competentes (aduanas, ministerios, y demás entes privados o públicos) en nombre y por cuenta de un tercero que contrata sus servicios y le otorga un poder autentificado y permanente, en los trámites de una operación de importación, exportación o tránsito.

Según diversas legislaciones se constituye como un auxiliar de la administración aduanera.


DESPACHO ADUANERO

Bajo el marco de la Organización Mundial de Aduanas, se considera al despacho aduanero (customs clearance), al conjunto de actividades que se deben realizar para internar o extraer mercancías a los países.

Por actos se entiende a la internación de las mercancías a los patios de la Aduana (Recinto Fiscal) y presentación de mercancías con el pedimento correspondiente (habiendo hecho el pago previo de las contribuciones y cuotas compensatorias) en el Módulo de Selección Automatizada; el cual determinará o desaduanamiento libre o reconocimiento aduanero. De conformidad con lo dispuesto en el Manual de Operación Aduanera, el llamado “Desaduanamiento libre “indicara que la mercancía no se someterá al reconocimiento, por lo que se permitirá su paso para que se dirija al “segundo sistema de selección automatizado” para verificar dicho resultado, después de lo cual sin más trámites se permitirá la salida hacia su destino.

El reconocimiento aduanero, consiste en el examen de las mercancías de importación o de exportación, así como de sus muestras, para allegarse de elementos que ayuden a precisar la veracidad de lo declarado, se realiza en dos estalas (Art. 43 y 44).

 

Revisión de los documentos presentados para el despacho Pedimentos y anexos


Examen físico de las mercancías, así como de las muestras, en términos del Art. 66 del RLA, para allegarse de elementos que ayuden a precisar la veracidad de lo declarado respecto de la cantidad (unidades de medida, número de piezas, volumen y otros datos), la identificación (descripción, naturaleza, estado, origen y demás características). El examen de mercancías no excederá de 3 horas, contadas del momento en que las mercancías se encuentren a disposición del encargado del reconocimiento aduanero. El reconocimiento aduanero tendrá entre otros, el propósito de determinar si existen elementos suficientes para presumir que el valor declarado corresponde o no al valor en aduana. Concluido el reconocimiento se deberá de activar nuevamente el mecanismo, el cual determinara si las mercancías se sujetan a un segundo reconocimiento por los dictaminadores aduaneros.


Obligados a cumplir la Ley Aduanera

Quienes están obligados a cumplir con disposiciones establecidas por las leyes aduanales de cada país son:

- Los administradores de puertos, aeropuertos o terminales ferroviarias.-

Los cuales ponen a disposición de la autoridad aduanera las instalaciones adecuadas para que se realice el despacho aduanero de mercancías, así como todo el equipo necesario para su revisión.


- Transportistas.-

Que trasladan mercancía de comercio exterior, por los informes que deben transmitir a la autoridad aduanera, por los registros que deben tener en el caso del régimen de tránsito interno o internacional y los plazos que deben de cumplir para el traslado de mercancía.


- Recintos Fiscalizados.-

Respecto de la obligación de manejar, custodiar y almacenar la mercancía de comercio exterior, y de mantener las instalaciones y equipo necesarios para asegurar el control de las mismas.


- Empresas autorizadas para la prestación de procesamiento de datos, en forma específica las empresas encargadas de la pre-validación y validación de la información contenida en el pedimento de importación o exportación.


- Dictaminadores.-

Personas autorizadas por la Secretaría para la revisión y glosa de los documentos en el segundo reconocimiento, siempre y cuando cumplan con los requisitos que dicha institución señala. Son responsables de las irregularidades que cometan en el dictamen que elaboren con motivo del segundo reconocimiento respecto a las unidades de medida señaladas en las tarifas de las leyes de los impuestos generales de importación o exportación, así como el número de piezas, volumen y otros datos que permitan cuantificar la mercancía, como también, la descripción, naturaleza, estado, origen y demás características de las mismas, finalmente los datos que permitan la identificación de las mercancías en su caso.


- Instituciones Financieras (Bancos).-

Respecto a la recepción del pago de las contribuciones causadas por concepto de la importación o exportación de mercancía, por el manejo de Cuentas Aduaneras de Garantía.


- Almacén General de Depósito.-

Como receptor de mercancía bajo el régimen de Depósito Fiscal, es responsable de los impuestos al comercio exterior, cuotas compensatorias, así como de las medidas de transición y demás contribuciones que se difieren en su pago bajo este régimen aduanero.


- Agentes Aduanales y sus mandatarios.-

Que realizan el despacho de la mercancía en representación del contribuyente que les otorga el mandato. Este es uno de los actores más relevantes del comercio exterior ya que funge como “representante legal” del importador o exportador ante la aduana y son sus responsabilidades. Es la persona física autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante una patente, para promover por cuenta ajena del despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley.


- El apoderado aduanal es la persona física que haya sido designada por otra persona física o moral para que en su nombre o representación se encargue del despacho de mercancías. El apoderado aduanal promoverá el despacho ante una sola aduana, en representación de una sola persona, quien será ilimitadamente responsable por los actos de aquél.


- Residentes en territorio nacional, además de los señalados en el Código Fiscal de la Federación, las personas físicas o morales residentes en el extranjero, que tengan uno o varios establecimientos permanentes o bases fijas en el país y las personas físicas que obtengan ingresos por salarios de un residente en territorio nacional.


- Autoridad o autoridades aduaneras, las que de acuerdo con el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y demás disposiciones aplicables, tienen competencia para ejercer las facultades que establece la legislación aduanera.


Pasajeros Internacionales, se considera pasajero toda persona que introduzca mercancías de comercio exterior a su llegada al país o al transitar de la franja o región al resto del territorio nacional. Cuando el arribo sea por vía marítima o aérea podrán introducir mercancías con valor hasta de 300 dólares. Cuando el arribo sea por vía terrestre la introducción de mercancías podrá ser hasta por 50 dólares. No se puede introducir al amparo de estas franquicias cervezas, bebidas alcohólicas y tabacos labrados, ni combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible del vehículo que cumpla con las especificaciones del fabricante.


Exenciones

Mercancías que no pagaran arancel: Las exentas conforme a las leyes de los impuestos generales de importación y de exportación y a los tratados internacionales, así como las mercancías que se importen con objeto de destinarlas a finalidades de defensa nacional o seguridad pública. Los metales, aleaciones, monedas y las demás materias primas que se requieran para el ejercicio por las autoridades competentes, de las facultades constitucionales de emisión de monedas y billetes. Los vehículos destinados a servicios internacionales para el transporte de carga o de personas. Las nacionales que sean indispensables, a juicio de las autoridades aduaneras, para el abastecimiento de los medios de transporte que efectúen servicios internacionales, así como las de rancho para tripulantes y pasajeros, excepto los combustibles que tomen las embarcaciones de matrícula extranjera.

 

Si necesitas servicios de los arriba detallados no dudes en consultarnos.


Llámanos al 956 09 96 33 y te informaremos sin compromiso alguno.

 

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