Vamos a empezar por el principio. Cualquier importador que realice una operación internacional con un país extracomunitario o tercero, debe pagar en el momento de la importación los impuestos referentes a los aranceles y otros impuestos como el IVA en función de la mercancía que haya importado.
Cuando la empresa importadora obtiene el "IVA DIFERIDO" evita el devengo inmediato del IVA, que habitualmente se realiza en el momento de la importación mediante carta de pago. Es decir, no paga los impuestos de valor añadido en el momento de la importación.
Con esta "oportunidad" tu empresa puede mejorar el estatus económico ya que postpone la deuda hasta el mes siguiente a la importación.
Si eres un importador en España que luego vende los productos en otros países de Europa o vuelves a exportar a otro país tercero, puede suponerte una ventaja.